Lawgic

Tipos de distintivos a profundidad

Recorrido completo por el sistema marcario mexicano: del espectro de distintividad y la distintividad adquirida, a las marcas notorias y renombradas, las no tradicionales de la LFPPI 2020 y las tres figuras que añade la reforma 2026, con casos y precedentes que dan forma a la doctrina.

Arylene Clark  ·  Dr. José Manuel Magaña Rufino
Explorar
Sobre los ponentes

Dos casos que se volvieron doctrina

Booking.com (2020) y Owens-Corning (1985): cómo un signo originariamente incapaz de distinguir puede registrarse cuando el público lo asocia con un origen empresarial específico.

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Puente a México

La distintividad no se mide contra el diccionario.
Se mide contra el consumidor real.

El Art. 171 LFPPI define la marca como «todo signo perceptible por los sentidos… que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado». Esas tres últimas palabras son la misma bisagra que movió Booking.com.

Art. 171 Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · DOF 01-07-2020 · reforma 03-04-2026

Evolución del sistema marcario en México

Disponibilidad registrable
México · 1976 → 2026
LIM 1976 LPI 1991 Ref. LPI 2018 LFPPI 2020 Ref. 2026
Nominativas
1991
Innominadas
1991
Tridimensionales
1991
Mixtas
1991
Marcas colectivas
1991
Sonoras
2018
Olfativas
2018
Holográficas
2018
Imagen comercial
2018
Marcas de certificación
2018
Indicaciones geográficas
2018
De posición
2026
De movimiento
2026
Multimedia
2026
Avisos comerciales
1976
Nombres comerciales
1976
Denominaciones de origen
1976
LPI 1991 (tradicionales)
Reforma LPI 2018 (no tradicionales)
Reforma LFPPI 2026
Otros signos (LIM 1976)

La LFPPI de 2020 abrogó la LPI de 1991 pero no incorporó nuevos tipos de signos distintivos: consolidó el catálogo de la reforma 2018. Cada barra indica disponibilidad continua desde la fecha de incorporación al ordenamiento mexicano.

Signos distintivos
Marca Signo distintivo registrable de productos o servicios
Tradicional
Denominativa Innominada Tridimensional Mixta
No tradicional LFPPI 2020
Sonora Olfativa Holográfica Trade dress
No tradicional reforma 2026
Posición Movimiento Multimedia
Colectiva
De certificación
Aviso comercial Frase publicitaria que distingue al producto o servicio
Nombre comercial Establecimiento físico — protección por uso, no por registro
D.O. / Indicación geográfica Origen geográfico tutelado por el Estado mexicano
Signos distintivos · al detalle

Marca tradicional

Denominativa (sólo palabras o letras) · Innominada (sólo figura o logotipo) · Tridimensional (forma o envase distintivo) · Mixta (combinación de las anteriores).
Coca-Cola
Ejemplo Coca-Cola (mixta)
Art. 172, fracc. I–IV LFPPI

Marca no tradicional

Sonora · Olfativa · Holográfica · Trade dress (imagen comercial). La reforma añade posición, movimiento y multimedia, siempre que sean susceptibles de representación y permitan distinguir en el mercado.
Play-Doh
Ejemplo Aroma Play-Doh (olfativa, reg. 1,966,698)
Art. 172, fracc. V–VII LFPPI · Reforma DOF 03-04-2026

Marca colectiva

Distingue productos o servicios de los miembros de una asociación, sociedad o agrupación legalmente constituida frente a los de terceros. Requiere reglas de uso aprobadas por el IMPI.
Café
Veracruz
Ejemplo Café Veracruz · marca colectiva del Consejo Regulador del Café de Veracruz — Talavera de Puebla es Denominación de Origen (DOF 11-09-1995), no marca colectiva.
Arts. 178–182 LFPPI

Marca de certificación

Distingue productos o servicios cuyas cualidades (origen, materiales, modo de fabricación, calidad) han sido certificadas por su titular. El titular certifica —no produce—.
México
Calidad Suprema
Ejemplo «México Calidad Suprema» · sello agroalimentario certificado por SADER/SE — «Hecho en México» es signo gubernamental de adhesión voluntaria, no necesariamente una marca de certificación inscrita.
Arts. 183–189 LFPPI

Aviso comercial

Frase u oración que anuncia al público productos, servicios o establecimientos y los distingue de otros de su misma especie. Se registra ante el IMPI. Vigencia de 10 años renovables.
Just Do It. Nike swoosh
Ejemplo «Just Do It» (Nike, desde 1988)
Arts. 200–205 LFPPI

Nombre comercial

Denominación que identifica una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios. No requiere registro: se protege por el uso y se publica ante el IMPI en la zona de clientela efectiva.
Casa de los Azulejos, Sanborns, Centro Histórico CDMX
Ejemplo Sanborns «Casa de los Azulejos» · el establecimiento concreto opera como nombre comercial
Arts. 206–213 LFPPI

Denominación de origen / Indicación geográfica

Nombre de una zona geográfica que designa un producto originario de ella, cuya calidad o características se deben al medio. Titularidad del Estado Mexicano; los productores obtienen autorización de uso.
Campos de agave azul en Tequila, Jalisco
Ejemplo Tequila · D.O. desde 1974 · paisaje agavero de Jalisco (Patrimonio UNESCO 2006)
Arts. 264–303 LFPPI

LFPPI, Título IV, Capítulos I a VI · Reforma DOF 03-04-2026

¿Qué protege realmente el derecho marcario?

Tres planos superpuestos que, en el fondo, sirven a una sola idea.

01

Identidad empresarial

Diferenciación del origen empresarial frente a competidores en el mercado. La marca opera como instrumento de identificación de bienes y servicios, vehiculando la función distintiva que protege la LFPPI.

Marcas. Características de su función distintiva.
TCC · 10a. Época · Tesis I.3o.A.25 A (10a.) · Gaceta SJF, Libro 42, mayo 2017, Tomo III, p. 2005 · Reg. digital 2014376
Marcas. El impedimento para registrarlas se actualiza cuando son susceptibles de engañar al público o inducir al error sobre su origen empresarial.
TCC · 11a. Época · Tesis I.20o.A.55 A (11a.) · Gaceta SJF, Libro 48, abril 2025, Tomo III, Vol. 1, p. 845 · Reg. digital 2030303 · Art. 173, fr. XV LFPPI
02

Confianza del consumidor

La marca ofrece información confiable que orienta la elección del consumidor. Por eso la LFPPI prohíbe signos que engañen o induzcan al error sobre origen, naturaleza, componentes o calidad.

Función distintiva como «vehículo del ejercicio de elección de los consumidores».
Tesis I.3o.A.25 A (10a.) · Reg. digital 2014376
Marcas descriptivas. Finalidades de la prohibición de su registro.
TCC · 11a. Época · Tesis I.20o.A.28 A (11a.) · SJF, septiembre 2025 · Reg. digital 2031190 · Art. 173 LFPPI
03

Inversión y reputación

El goodwill construido con calidad, publicidad y experiencia de usuario es tutelado de forma reforzada cuando la marca alcanza notoriedad, excepcionando incluso los principios de territorialidad y especialidad.

Marcas notoriamente conocidas. Alcances de su protección en la normativa internacional suscrita por el Estado Mexicano.
TCC · 10a. Época · Tesis I.10o.A.100 A (10a.) · Gaceta SJF, Libro 66, mayo 2019, Tomo III, p. 2649 · Reg. digital 2019951
Instrumentos normativos aplicables.
Convenio de París, arts. 6 bis y 10 bis · ADPIC, art. 16 · LFPPI, arts. 190–199
EN EL FONDO

El derecho marcario protege la función distintiva que un signo cumple para un consumidor en un mercado concreto.

«La función social de las marcas las caracteriza como los instrumentos de identificación de los bienes y servicios; como el vehículo para el desarrollo de la competencia y del ejercicio de elección de los consumidores de los productos y servicios a partir de su carácter distintivo.» — Tesis I.3o.A.25 A (10a.)

Núcleo de la sesión · imprescindible

Los principios que rigen el sistema marcario mexicano

Seis reglas estructurales que explican cómo y por qué el sistema opera como opera.

Si solo te llevas una cosa de esta clase, que sean estos seis principios. Todo lo demás se deriva de aquí: por qué una marca puede coexistir con otra en clase distinta, por qué el primer uso vence al registro tardío, por qué la mala fe anula el derecho. Lo que sigue es entender estas seis reglas — y los matices que la jurisprudencia les ha puesto encima.
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De menos protegible a más protegible

← MENOS distintivo MÁS distintivo →
Genéricas
«Refresco» para bebidas
No registrables. Nombran la categoría.
Descriptivas
«Pan Suave» para pan
Solo con distintividad adquirida.
Evocativas
«Netflix» (net + flicks)
Sugieren, no describen. Registrables.
Arbitrarias
«Apple» para cómputo
Palabra común fuera de contexto.
De fantasía
«Kodak», «Xerox»
Inventadas. Máxima distintividad.
El mismo eje opera en marcas no tradicionales. La distintividad no depende del tipo de signo, sino de su relación con el producto o servicio que pretende distinguir.
← MENOS distintivo MÁS distintivo →
Genéricas Descriptivas Evocativas Arbitrarias De fantasía
Marca olfativa
Olor a café para café
Olor inherente al producto.
Olor a fresa para dulces sabor fresa
Sólo con secondary meaning.
Olor a bosque en jabón artesanal
Sugiere un carácter, no describe.
Olor a césped recién cortado en pelotas de tenis (UE · reg. 1999, cancelado)
Cancelado tras Sieckmann (TJUE 2002) por insuficiencia en la representación gráfica — no es ejemplo vigente.
Aroma Play-Doh (reg. MX 1,966,698)
Fragancia diseñada ad hoc.
Marca de posición
Etiqueta de talla en el cuello interno de camisa
Ubicación funcional estándar del gremio.
Etiqueta del fabricante en la suela
Ubicación descriptiva habitual; requiere uso intenso.
Franja lateral en pantalón deportivo
Ubicación sugerente, no funcional.
Suela roja de Louboutin (Pantone 18-1663)
Color arbitrario en posición específica.
Patrón único en zona inusual del producto
Combinación color + ubicación diseñada ex novo.
Marca sonora
Sonido del motor para autos
Sonido funcional del producto.
Sonido del agua al caer para bebidas
Describe propiedad del producto.
Cascabeles suaves para juguetes de bebé
Sugiere contexto de uso.
Rugido del león (MGM) para cine
Sonido natural en contexto ajeno.
Tintineo cuchara-vaso (Parroquia) · Jingle Intel Inside
Composición o gesto sonoro diseñado.
REGLA PRÁCTICA

Si el examinador lo necesita para describir tu producto, no puedes monopolizarlo —salvo distintividad adquirida.

Cuando una marca descriptiva se vuelve distintiva con el uso

La vía excepcional al registro. Lo que los estadounidenses llaman secondary meaning.

Casos clásicos · secondary meaning

Marcas que nacieron descriptivas y sobrevivieron por uso intensivo

American Airlines
Descriptivo/geográfico. «American» refiere a la nacionalidad de origen y «Airlines» al tipo de servicio. USPTO y tribunales estadounidenses lo han tutelado por décadas de uso intensivo. Caso canónico que se enseña junto a Booking.com.
Best Buy
Laudatorio. «Mejor compra» es una promesa publicitaria prohibida per se como marca en la mayoría de sistemas. Adquirió distintividad por penetración de mercado en el sector de electrónica de consumo.
The Home Depot
Descripción literal. «Depot» significa almacén y «home», hogar — la frase describe exactamente el negocio. Tuteada por distintividad adquirida tras convertirse en sinónimo del segmento.
Holiday Inn
Descriptivo de servicio. «Posada para vacaciones» describe el producto hotelero. Su distintividad adquirida está documentada en litigios estadounidenses de los años setenta.
Sharp (para televisores)
Adjetivo de calidad. Describe una propiedad técnica del producto (nitidez de imagen). Registrada y tutelada por uso continuo como marca individualizada.
General Electric · GE
Genérico combinado. «General» + categoría industrial «Electric». Un siglo de uso ininterrumpido convirtió una denominación puramente descriptiva en uno de los signos más identificables de la industria.

¿Cómo se prueba en México?

·

Antigüedad e intensidad de uso

Uso continuado, documentado, sin interrupciones relevantes.

·

Volumen y geografía

Volumen de ventas y presencia geográfica en el territorio nacional.

·

Inversión publicitaria

Documentada con facturas, pautas, campañas y alcance.

·

Encuestas de percepción

Estudios de mercado documentados que acrediten la asociación del signo con un origen empresarial específico ante el consumidor mexicano.

·

Reconocimiento en prensa

Notas y menciones en medios mexicanos e industria que evidencien la difusión y asociación pública del signo con la fuente empresarial.

Base jurídica · México
  • Art. 173, último párrafo, LFPPI. Las prohibiciones por falta de distintividad inherente —fracs. III, IV, V, VI y XX— no aplican cuando, derivado del uso comercial efectivo, el signo haya adquirido carácter distintivo en territorio nacional.
  • Estándar de uso real y efectivo —SCJN, A.D.R. 1227/2020. El uso debe acreditarse con transacciones en número relevante (no esporádico ni aparente) y actos externos de venta, distribución, comercialización y publicidad.
  • Alcance del «uso ininterrumpido» —Tesis I.18o.A.45 A (10a.), Reg. 2017045. Puesta en el comercio en México o en el extranjero, ostentación pública continuada, prueba «momento a momento» dentro del periodo y sin interrupciones mayores a tres años.
  • Carga probatoria del titular —Tesis I.4o.A.28 A (11a.), Reg. 2025191. El IMPI debe fundar y motivar la valoración del uso atendiendo a la cantidad de operaciones comerciales en el país o en el extranjero.

Caso emblemático en México · El amarillo Le Roy

Cómo se materializó en la práctica la prueba de la distintividad adquirida bajo la LFPPI 2020.

Reg. 2412700 · Expediente 2726495 · IMPI
Color amarillo Pantone 116C · Vendas para apósitos (clase 5)
Solicitado por Laboratorios Le Roy, S.A. de C.V. el 8 de abril de 2022 y concedido el 22 de junio de 2022 —en aproximadamente 75 días, sin oficio de requerimiento— al amparo del último párrafo del art. 173 LFPPI. Fecha de primer uso declarada: 31 de diciembre de 1974.

Lo que Le Roy presentó al IMPI

·

Reseña histórica

Empresa 100% mexicana fundada en mayo de 1937 por los hermanos García Gutiérrez; uso documentado del Pantone 116C en sus empaques desde 1974.

·

Familia marcaria

21 registros previos del propio titular en torno a la línea Le Roy, para acreditar arraigo y consistencia en el mercado.

·

Estudio de mercado

507 entrevistas en CDMX, Guadalajara y Monterrey (20–31 octubre 2021) elaboradas por Strat Branding para acreditar la asociación color → origen empresarial.

·

Pruebas físicas y publicitarias

Empaques históricos, material de campaña, semblanza corporativa del 60° aniversario y caja sellada con muestras físicas como Anexo B del expediente.

Art. 173, último párrafo, LFPPI · Reglamento LFPPI · A.D.R. 1227/2020 (2ª Sala SCJN) · Tesis I.18o.A.45 A (10a.) · Tesis I.4o.A.28 A (11a.) · Expediente IMPI 2726495

Dos niveles de protección extendida más allá de la clase

La especialidad tiene excepciones. Cuando la marca trasciende su clase, el sistema le da protección reforzada.

Notoria

Conocida por un sector

Conocida por un sector determinado del público consumidor.

Protección: se puede oponer a registros similares incluso en clases distintas, cuando haya riesgo de asociación o aprovechamiento indebido.

Declaraciones del IMPI
  • ANDREA reg. 572,692 4 nov 2008
  • PRITT reg. 154,268 30 jun 2010
  • TAJÍN reg. 320,328 31 may 2018
  • Las Brisas · Las Mañanitas · MINI 18 mar 2026
Famosa

Conocida por la mayoría

Conocida por la mayoría del público consumidor.

Protección más amplia que la notoria: evita dilución y aprovechamiento del prestigio, atraviesa todas las clases.

Trofeo del Mundial de la FIFA
Declaratoria reciente · 2026
FIFA · World Cup
El IMPI declaró famosa la marca asociada al Mundial de Futbol en el contexto de la copa de 2026 (México como país anfitrión). Reconocimiento por la mayoría del público consumidor más allá de cualquier clase: ejemplo paradigmático del nivel reforzado de protección.
Declaraciones del IMPI
  • CINÉPOLIS reg. 1,039,899 20 nov 2009
  • RED BULL reg. 848,424 19 feb 2010
  • BIMBO reg. 697,020 23 abr 2010
  • NIKE reg. 252,062 28 feb 2018
  • ZARA reg. 400,136 27 sep 2018
  • Alpura · Samsung · Aeroméxico · Don Julio 18 mar 2026
PROCEDIMIENTO

La notoriedad se declara por el IMPI a petición de parte. Requiere evidencia robusta: estudios de mercado, participación, volumen de ventas, antigüedad de uso y área geográfica de influencia.

Arts. 190–199 LFPPI · Declaratorias publicadas en la Gaceta de la Propiedad Industrial

El catálogo del art. 172 LFPPI — y las tres figuras que añade la reforma 2026

La LFPPI 2020 abrió el sistema mexicano a cuatro figuras no tradicionales —sonora, olfativa, holográfica y trade dress—. La reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026 sumó tres adicionales —posición, movimiento y multimedia— sin tocar las anteriores.

LFPPI · vigente desde 2020
4
no tradicionales originales
Sonora · Olfativa · Holográfica · Trade dress
+ 3 nuevas
Reforma · DOF 03 abr 2026
7
tipos registrables hoy
+ Posición · Movimiento · Multimedia
Incorporadas por la LFPPI · 2020 Cuatro figuras no tradicionales que entraron al art. 172 con la ley vigente desde 2020
Art. 172 fr. V
LFPPI

Sonora

Sonido, jingle o melodía con aptitud distintiva — perceptible por el oído como indicador de origen empresarial.

Cómo se representa
Pentagrama, sonograma o descripción técnica acompañada de archivo de audio (MP3 / WAV).
Ejemplo emblemático
Tintineo de cuchara contra vaso del Gran Café de La Parroquia (primera sonora mexicana, 2019).
Art. 172 fr. VI
LFPPI

Olfativa

Aroma distintivo y no funcional capaz de identificar al titular en el mercado por vía olfativa.

Cómo se representa
Descripción verbal precisa o fórmula química objetiva, acreditando que el aroma no cumple función técnica del producto.
Ejemplo emblemático
Aroma del Play-Doh de Hasbro — reg. 1,966,698, primera olfativa registrada en México.
Art. 172 fr. VII
LFPPI

Holográfica

Imagen con efecto tridimensional variable según el ángulo de observación, registrable si es distintiva y no meramente ornamental ni funcional.

Cómo se representa
Conjunto de vistas fijas que muestren la variación tridimensional, más descripción objetiva del efecto.
Ejemplo emblemático
Hologramas de autenticación en empaques farmacéuticos y tarjetas de pago como signo de origen.
Art. 172 fr. VII
LFPPI

Trade dress · imagen comercial

Conjunto de elementos de presentación del producto o establecimiento que, en combinación, identifican al titular como fuente empresarial única.

Cómo se representa
Fotografías o renders del conjunto, acreditando que la combinación es arbitraria —no funcional— y distintiva.
Ejemplo emblemático
Imagen comercial de la Paleta Payaso (SCJN · ADR 5287/2014); layout de las Apple Store.
Añadidas por la reforma · DOF 03 abr 2026 Tres figuras nuevas que se suman al art. 172 sin afectar las anteriores
Art. 172
reforma 2026

Posición

Ubicación específica y constante del signo sobre el producto, cuando esa ubicación —por sí misma— cumple función distintiva.

Cómo se representa
Vista del producto con el elemento situado en su lugar característico (línea continua) y el resto del producto en línea punteada (no reservado).
Ejemplo emblemático
Suela roja lacada de Christian Louboutin en zapato femenino de tacón.
Art. 172
reforma 2026

Movimiento

Secuencia animada distintiva en la que la progresión —no el fotograma aislado— es lo que identifica el origen empresarial.

Cómo se representa
Serie ordenada de fotogramas que muestren la progresión completa, más archivo de video corto.
Ejemplo emblemático
Animación de apertura de plataformas digitales — intro de Netflix, Pixar o splash screens de apps.
Art. 172
reforma 2026

Multimedia

Combinación de imagen en movimiento y sonido contenida en un solo archivo audiovisual con aptitud distintiva integrada.

Cómo se representa
Archivo audiovisual único (MP4) más descripción que acredite que ambos componentes son inseparables como signo.
Ejemplo emblemático
Logos audiovisuales de plataformas de streaming — el icónico «ta-dum» con destello de Netflix combina imagen + sonido como signo único.
01
Funcionalidad utilitaria

¿El signo hace funcionar mejor al producto?

Si el rasgo aporta una ventaja técnica, mecánica o de desempeño, no puede monopolizarse vía marca. Pertenece al dominio de las patentes, con vigencia limitada y publicidad obligatoria.

TrafFix v. Marketing Displays — SCOTUS 2001: el resorte doble de un letrero vial para resistir el viento es funcional aunque sea distintivo. No registrable como trade dress.
02
Funcionalidad estética

¿El rasgo es puramente decorativo u ornamental?

Cuando el elemento agrada por sí mismo y no opera como indicador de origen, queda fuera del sistema marcario. La estética sin función identificadora es ornamento, no marca.

Patrones decorativos en telas, estampados estacionales o gráficos cuyo valor es embellecer el producto y no señalar quién lo fabrica.
03
Necesidad competitiva

¿Negarlo a los demás los pondría en desventaja real?

Si los competidores razonablemente necesitan usar ese signo para concurrir al mercado, no puede apropiarse uno solo. Es la lógica de la color depletion y del agotamiento de signos disponibles.

Qualitex v. Jacobson — SCOTUS 1995: el verde-dorado de las almohadillas de tintorería no era necesario para los rivales, así que pasó el test y se registró como marca de color.

Art. 172 LFPPI · Reforma DOF 03-04-2026 · Arochi & Lindner · SCJN ADR 5287/2014 · TrafFix Devices, Inc. v. Marketing Displays, Inc., 532 U.S. 23 (2001) · Qualitex Co. v. Jacobson Products Co., 514 U.S. 159 (1995)

Precedentes que dan forma a la doctrina mexicana

Cuatro casos que operan como referencia obligada en la práctica.

Gran Café de La Parroquia, Veracruz
Sonora

Gran Café de La Parroquia

Sí registrable

Primera marca sonora registrada en México (2019): el tintineo de la cuchara contra el vaso de vidrio, tres golpes en un ritmo reconocible. Origen: los conductores del tren frente a la Catedral de Veracruz usaban ese golpeteo para pedir que sirvieran su lechero. El sonido se separa del producto y adquiere función identificadora del establecimiento.

Bote clásico de Play-Doh
Olfativa

Play-Doh (Hasbro)

Sí registrable

Primera marca olfativa registrada en México, reg. 1,966,698: el aroma único e idiosincrásico de la plastilina Play-Doh, descrito como una combinación de olor dulce, ligeramente almizclado, con matices de cereal y vainilla. El olor no cumple función del producto (moldear), sirve sólo para identificar su origen empresarial.

Paleta Payaso · Ricolino
Trade Dress

Paleta Payaso

Sí registrable

SCJN · Amparo Directo en Revisión 5287/2014: la imagen comercial del producto —paleta de malvavisco con chocolate, gomitas de colores dispuestas como rostro de payaso y empaque característico— fue reconocida como signo distintivo protegible. La disposición de los elementos es arbitraria y el conjunto identifica al titular, no al producto genérico.

Zapato Louboutin con suela roja
Posición

Christian Louboutin

Sí registrable

Suela roja lacada (Pantone 18-1663 TP) en la parte inferior del zapato de tacón femenino. Primer uso: 1993, tras el gesto espontáneo del diseñador con un esmalte de uñas. Lo distintivo no es el color en sí, ni la forma del zapato, sino la combinación color + ubicación. Reconocida expresamente en el art. 172 LFPPI tras la reforma del 3 de abril de 2026.

Mérida IP · Wikimedia Commons · Suprema Corte de Justicia de la Nación · IMPI

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¿Qué es un nombre comercial y en qué se distingue de una marca de servicio?

Dos figuras que la LFPPI regula por separado —y que protegen cosas distintas—. Antes del comparativo conviene fijar qué es cada una: el nombre comercial identifica al establecimiento donde se presta el servicio (sin registro, por mero uso y publicación en la Gaceta), mientras que la marca de servicio protege al servicio mismo en el mercado, mediante registro constitutivo ante el IMPI.

Nombre comercial vs marca de servicio

Dimensión Nombre comercial Marca de servicio
Qué protege El establecimiento comercial El servicio que se presta
Acto constitutivo Publicación (no registro) Registro ante el IMPI
Ámbito Zona de clientela efectiva Territorio nacional completo
Vigencia 10 años por publicación, renovables (art. 211 LFPPI), siempre que se acredite uso 10 años por registro, renovables
Base legal Arts. 206–213 LFPPI Arts. 171–189 LFPPI
CLAVE

El nombre comercial protege el establecimiento. La marca protege el servicio a nivel nacional.

Arts. 206–213 LFPPI · Mérida IP

Lo que nos llevamos

01

La distintividad se lee en el mercado, no en el diccionario.

02

Descriptiva ≠ irregistrable: con distintividad adquirida, sí.

03

La LFPPI protege marca, aviso comercial, nombre comercial y denominación de origen —cada una con su régimen—.

04

La reforma del 3 de abril de 2026 incorpora tres figuras adicionales al catálogo del art. 172 LFPPI: posición, movimiento y multimedia.